Política Al Margen

Por Jaime Arizmendi

*Quita Senado Fuero a Servidores Públicos de Todo Nivel
*Prisión Vitalicia en Edomex a Delitos de Alto Impacto Social

Ya era hora… Como cualquier ciudadano, todo servidor público verá suspendida su inmunidad, para que enfrente proceso penal. Así lo acordaron las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado al aprobar, en lo general, una reforma constitucional; pero las medidas cautelares que el juez determine no podrán consistir en privación, restricción o limitación de la libertad.
Ese procedimiento se aplicará a gobernadores, diputados locales, magistrados de los tribunales superiores de justicia de los estados, miembros de los consejos de las judicaturas locales, magistrados electorales e integrantes de los órganos superiores de dirección de los organismos electorales de las entidades federativas.
En tanto se lleve a cabo el proceso penal, los servidores públicos podrán seguir en su cargo; y cuando el juez de la causa dicte sentencia condenatoria de primera instancia, él mismo solicitará a la Cámara de Diputados el retiro de la inmunidad, para que el sentenciado cese en sus funciones y quede a disposición de la autoridad correspondiente.
Aunque la colegisladora no producirá dictamen previo alguno, y resolverá con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros presentes sobre el pedimento judicial, dentro de los 10 días hábiles a partir de la presentación de éste y con audiencia del servidor público. La medida incluye al Presidente de la República.
El auto de vinculación a proceso podrá ser recurrido directa y exclusivamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual dictará la resolución correspondiente con carácter de inatacable. Con estas enmiendas se moderniza y actualiza el sistema de inmunidad de la República Mexicana.
Para resolver sobre el pedido judicial los senadores instituyen a la colegisladora como cámara de origen; mientras que el Senado fungirá como órgano revisor, y adoptará su decisión dentro de 10 días hábiles; para lo cual requerirá una mayoría de las dos terceras partes de sus integrantes presentes.
Cuando alguno de los servidores públicos sea sometido a un proceso penal por la comisión de delitos federales, la resolución de la Cámara de Diputados se comunicará a la correspondiente legislatura local. Las declaraciones y resoluciones de las cámaras del Congreso son inatacables, por lo que tampoco procederá ninguna suspensión judicial o parlamentaria contra la realización de las sesiones en que se vote sobre el retiro de la inmunidad.
Al respecto, el senador priísta Pedro Joaquín Coldwell, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, previno: estamos ante un dictamen de “corte histórico”, porque se tiene la oportunidad de hacer una reforma largamente demandada por la sociedad y anhelada por muchos.
Por Acción Nacional, el senador Alejandro González Alcocer dijo que se da un paso hacia adelante, para cambiar la percepción de la ciudadanía hacia los funcionarios públicos y combatir el abuso “de lo que se ha cometido, a veces, con la inmunidad constitucional”. Consideró importante sujetarlos a procesos sin ser encarcelados, para proteger la función que desempeñan. Y que quien cometa un delito, no se escude en el fuero…

Cárcel de por vida a feminicidas, violadores y asesinos… Por unanimidad, las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, como de Procuración y Administración de Justicia del Congreso mexiquense aprobaron castigar con prisión vitalicia a quien cometa homicidio calificado, feminicidio y violación, cuando se cause la muerte, ilícitos de alto impacto para la sociedad y que “dañan gravemente la convivencia social”.
Durante la primera parte de la reunión que encabezó la diputada del Panal, Lucila Garfias Gutiérrez, presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, se aprobó por unanimidad la iniciativa de decreto propuesta por el gobernador Eruviel Ávila Villegas para reformar el Artículo 7 de la Constitución Política local, para suprimir de su primer párrafo la prohibición de la prisión a perpetuidad.
Las reformas aprobadas a los artículos 242, 242 Bis y 274 del Código Penal del Estado de México, determinan que en los delitos de: homicidio calificado, feminicidio y cuando por razón de violación se cause la muerte, se aplique una penalidad de 40 a 70 años de cárcel, o prisión vitalicia y de 700 a cinco mil días multa.
En el caso del delito de trata de personas, la mesa técnica de estudio decidió no incorporar este ilícito al dictamen, en virtud de que deberá esperarse su aprobación en la legislación federal en la materia.
El diputado Francisco Javier Veladiz Meza, presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia –quien presidió la segunda parte de la sesión-, dijo que las Comisiones recibieron para su estudio las iniciativas formuladas por el Ejecutivo estatal, así como por los legisladores: Víctor Manuel Bautista López y Ricardo Moreno Bastida, para las cuales se conformó un sólo dictamen y proyecto de decreto.
En el documento que deberá ser aprobado en el Pleno, se incluye la reforma al Artículo 23 del Código Penal, la cual indica que la prisión consiste en la privación de la libertad, la que podrá ser de tres meses a vitalicia, entendiéndose por ésta una duración igual a la vida del sentenciado, y se cumplirá en los términos y con las modalidades previstas en las leyes en la materia.
Encarcelarán a encubridores. La reforma aprobada al artículo 57, establece que el órgano jurisdiccional, al dictar sentencia, fijará la pena que estime justa dentro de los límites establecidos en el Código para cada delito, considerando gravedad y grado de culpabilidad del sentenciado, según forma y grado de intervención del agente en la comisión del delito, como su calidad y la de la víctima u ofendido y, en su caso, su carácter de servidores públicos.
A quien cometa el delito de encubrimiento, relacionado con los delitos de homicidio, feminicidio, trata de personas y violación, se le impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de 100 a 300 días multa. Y si fuera cometido por servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública o de Administración de Justicia, la pena aumentará hasta en una mitad más de la que le corresponda, y será destituido o inhabilitado por un plazo igual a la pena privativa de libertad impuesta. En todo ello, el liderazgo de Pepe Manzur se hace presente…

jarizmx@yahoo.com.mx y argonpolitico@gmail.com

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