El Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Estado de Chiapas no está actuando conforme a la ley, tales como constitucionalidad, certeza, seguridad, legalidad, independencia, veracidad, objetividad, imparcialidad y profesionalismo, declaró Carlos Mario Estrada Urbina, representante del Partido del Trabajo ante el Consejo General del IEPC.
Interrogado al termino de la sesión del IEPC de este 2 de julio, en relación a los cuatro juicios que le revocan al Tribunal Electoral local, dijo que este órgano jurisdiccional no ha sido capaz o no ha querido entrar al estudio de los agravios presentados, por eso es evidente que sus actuaciones no lo están haciendo por los principios que señala la ley.
En primer caso, en relación a la ilegibilidad de Domingo López González, como candidato a diputado por el Distrito Electoral XXII con cabecera en Chamula, donde el tribunal electoral federal lo declara inelegible y le ordena al instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, cancele dicho registro y que le permita a la Coalición “Solidaridad por Chiapas” registrar a un nuevo candidato.
En ese sentido, Estrada Urbina dijo que el TRIFE se fundó en la ilegibilidad del candidato, al no haberse separado del cargo en el tiempo y forma que dispone la ley, la causa, de pedir se hizo depender de que el candidato registrado organizó las festividades de San Juan Bautista, el 4 de junio, en su carácter de Presidente Municipal, lo que demuestra que la separación del cargo nunca se dio.
En el segundo caso, se le revoca la resolución de 10 de junio del presente año, para que se analicen los agravios planteados por Juan López Santiz, para ser registrado como candidato a diputado local por el principio de Representación proporcional por parte del PRI, ya que al haber desechado el juicio de revisión constitucional no fue ajustado a derecho.
El otro caso revocado al tribunal electoral local, es la resolución del 15 de junio del 2010, por el desechamiento de la demanda presentada por Víctor Méndez Sarmientos y el cuarto, donde se revoca la revoca la resolución del 23 de junio del año en curso, por desechamiento del juicio presentado por Martín Uribel Ruiz Clemente.
Con estas revocaciones de sentencia que hace el Tribunal Federal Electoral al Tribunal Local, en la primera no entro al fondo del estudio de los agravios y en las tres últimas las esgrimió, desechándolas, por lo que es claro que no ha demostrado capacidad y su actuación esta fuera de la ley. ASICh
