Con beneplácito general se recibió la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que el emitió el pasado lunes 11 de mayo en la cual declara la invalidez de la llamada “ley bonilla” No es para menos, en los últimos meses ha habido un ataque sistemático al estado de derecho, y a las instituciones que han minado la confianza de los ciudadanos. La propia conformación de la SCJN se ha visto envuelta en el misterio y el escandalo con la sustitución poco ortodoxa del Ministro Luis Eduardo Medina Mora. La confianza en la llamada 4ª transformación propuesta y operada desde el gobierno federal ha generado diversas dudas y en algunos casos verdadera oposición, algunos de los argumentos más solidos para contravenir al propio presidente de la República ha sido el respeto a la ley. Con la determinación de la SCJN respeto a la “ley Bonilla” gana el Estado Mexicano y el propio gobierno encuentra un punto de credibilidad. Esto lo saben perfectamente desde las oficinal del gobierno por lo que no es casual que la sesión en que se abordó el caso se efectuó en vivo y a todo color con una gran cobertura mediática. En este caso la forma no resta importancia al fondo, este caso es de la más alta importancia tanto en materia constitucional como en términos políticos.
La determinación de la SCJN de declarar por unanimidad la invalidez de la “ley Bonilla” y señalar sin límites que es contraria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos pues su aplicación vulnera diversos principios democráticos, normas electorales, leyes y tratados en materia de derechos humanos. Pone una barrera que se convierte en el dique y limite que otorga certeza a los actores políticos y confianza a la ciudadanía.
Todo empezó el pasado 16 de octubre de 2019 cuando el Congreso Local del estado de Baja California modificó el artículo transitorio octavo de la Constitución local, para extender el mandato del Gobernador de dos a cinco años. Esta iniciativa impulsada en el Congreso Local por el partido Morena y con los votos de diputados panistas, desató de inmediato la controversia política y se convirtió en un tema de reflexión jurídica. La respuesta a esta reforma fue contundente, los diputados del PAN fueron separados de su partido y de inmediato se interpusieron las “acciones de inconstitucionalidad” prevista en el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos -CPEUM- primero fue el PAN, después el PRD, le siguieron MC, PRI, el Partido de Baja California (local), la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el INE. Todas las acciones de Inconstitucionalidad interpuestas son distintas y apelan a conceptos de derecho electoral y derechos políticos y humanos diversos. Salvo la que interpuso el INE, por no estar facultado por ley para este tipo de acciones, todas las demandas fueron admitidas primero por la Sala de Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y en su momento por la SCJN quien se erigió en Tribunal Supremo Constitucional para analizar y determinar la constitucionalidad del acto impugnado.
Esta modificación local se convirtió en noticia nacional porque la ciudadanía la vio como un abuso del poder y en no pocas disertaciones se aseguró que se convertía en una especie de laboratorio para el acontecer nacional, se especuló con diversas tesis políticas y jurídicas y se expuso la desconfianza en las instituciones de la República. La nota discordante alcanzó su culmen, cuando el 1º. De noviembre de 2019 la Secretaria de Gobernación y ex ministra de la corte Olga Sánchez Cordero, al asistir en representación presidencial a la toma de protesta de Jaime Bonilla como Gobernador Electo manifestó su anuencia con la reforma ya que ” es una ley que está vigente y es legal” esta expresión fue leída como el espaldarazo del gobierno a la modificación impugnada.
La oposición a la “ley Bonilla” fue tal, que logró unir a la oposición en acciones legales y políticas conjuntas, no solo a los partidos políticos sino a destacados lideres de opinión y líderes empresariales de organismos nacionales que se sumaron de manera legal, bajo la figura de “amicus curia” es decir, expresiones que participan para apoyar a la Corte a tomar las mejores decisiones.
Los asesores de Jaime Bonilla le aconsejaron que realizara una consulta popular para legitimar la modificación a la ley, esta se llevó a cabo con un a raquítica participación de la población.
Ahora la SCJN se ha pronunciado con elementos que dejarán antecedentes y trascendencia no solo contra este tipo de modificaciones a ley sino incluso respecto a este tipo de consultas que de ninguna manera sustituyen a la legalidad de los procesos electorales, protocolos legislativos o principios del derecho.
En concreto al SCJN ha señalado en su determinación: “La acción de inconstitucionalidad debe calificarse como fundadas los conceptos de invalidez porque transgrede los principios y normas constitucionales: “Principio de certeza electoral establecido en el artículo 116, frac IV inciso b) con relación al artículo 105. Violación al principio de legalidad y seguridad jurídica, reconocidos en los artículos 16 y 116. Los principios de elecciones libres, auténticas y periódicas mediante sufragio universal, libre, director y secreto, consagrodas en el artículo 116. Los derechos de participación política de votar y ser votado previstos en el artículo 35. El derecho a votar y ser votado en condiciones de libertad e igualdad previsto en el artículo 116. El principio de no reelección consagrado en el artículo 116. El principio de retroactividad en perjuicio de alguna persona consagrado en el artículo 14” Por lo tanto ha declarado: “procedentes y fundadas las acciones de inconstitucionalidad y declarado la invalidez a la modificación al artículo octavo transitorio de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Baja California, aprobado mediante decreto 351 de fecha 16 de octubre de 2019” Por lo que ha establecido “un plazo no mayor a 120 días para que las autoridades locales regresen las leyes, reglamentos y documentos a sus estado antes de la modificación”
Además de los argumentos textuales es importante recordar y dejar constancia de argumentos verbales emitidos durante la transmisión: De acuerdo al Ministro Arturo Zaldivar: “la reforma, pone de manifiesto un verdadero fraude a la Constitución con un efecto corruptor de rango constitucional… con una maquinación que pretendió burlar la voluntad popular usando la constitución para violar la constitución” …“usando herramientas de la democracia para minar la democracia” estas frases hay que guardarlas para ver si solo fueron argumento o serán sentencia de los tiempos por venir.
