Elías Mansur Tawill
Evidentemente se trata de presentar la discusión bajo tintes de auténtico melodrama. ¡No creo que nadie en su sano juicio celebre el aborto o esté contra la vida!
La función del derecho es la de establecer reglas para la convivencia; no es, de ninguna manera, una función docente y menos aún de defensa dogmática. El derecho sigue a los fenómenos sociales; una vez que los reconoce, trata de reglamentarlos, de ordenarlos para la mejor dinámica del trato social. Sería muy bueno, por ejemplo, poder prohibir la guerra por decreto, pero como ello no es posible, el fenómeno, por más que nos repugne, tiene que reconocerse y reglamentarse, de ahí las convenciones de Ginebra y otras normas jurídicas que la regulan y, si cabe, la acotan.
Resulta estéril y hasta bizantina la discusión de si con arreglo a la Constitución debe o no el orden jurídico proteger la vida. Establecido el valor -valor supremo- de la vida como un bien jurídico cuya tutela es imperativa, deben establecerse los mecanismos idóneos de protección jurídica de la vida. No se trata de enarbolar a la vida como un valor dogmático, inamovible, inconcuso, de tal suerte que no permita el manejo dinámico formal que es propio del derecho, a diferencia de la moral que parece ser inmutable.
La vida es sagrada, pero deben regularse -y se regulan- circunstancias en que es posible matar: la legítima defensa, el cumplimiento de un deber, el ejercicio de un derecho, la no exigibilidad de otra conducta, incluso la aplicación de la pena de muerte. Empezamos en nuestra comunidad la consideración jurídica relativa a la eutanasia: he ahí una profunda reflexión sobre el valor de la vida; sobre sus matices, el sufrimiento, su calidad, su preservación con dignidad, su impacto en la familia. El amor, en fin, en su paralelismo con la vida misma.
Ante el fenómeno innegable e insoslayable del aborto, el derecho tiene que contemplar la mejor manera de enfrentarlo, de descubrir el daño menor posible a la comunidad, el bien común. ¿La forma idónea de lidiar con este problema angustiante de salud pública es el encarcelar a las mujeres que optan por el aborto? Francamente no lo creemos así.
Educación, prevención, información, marco eficiente para la adopción, servicios médicos adecuados para la salud reproductiva -incluyendo la maternidad y el aborto-, protección jurídica, en fin, mecanismos plurales de lucha en favor de la vida; medios todos ellos por los que el derecho cumple el imperativo de la tutela al valor de la vida. No la miopía cruel de sostener que sólo se mantiene el orden constitucional mediante la cárcel para la mujer, cuyo derecho sobre su propio cuerpo es, además, contundente. No puede sostenerse que una norma es anticonstitucional por el hecho de despenalizar una conducta. ¡Pobre sería el derecho si su único mecanismo para tutelar un bien jurídico fuera la prisión y la pena!
Resulta estéril la discusión de si la vida empieza desde la concepción o de si inicia en algún momento posterior durante la gestación. Sin ser versado en las disciplinas científico-biológicas, pero profundamente interesado -con angustia social y jurídica- en el tema, he encontrado posturas divergentes en las publicaciones que circulan. Al parecer, la ciencia no ha logrado alcanzar una postura unánime. Lo que resulta lamentable es el esfuerzo desmesurado para tratar de subordinar la ley científica a la hipótesis moral de cada quien.
El derecho debe dar a la sociedad normas que le sean útiles, que contribuyan a su felicidad y a su mejor convivencia, no lecciones abstractas, dogmas e interpretaciones dudosas de principios cuestionables. En palabras de Nieztche: “Amo a quienes no buscan detrás de las estrellas una razón para morir y ofrecerse en sacrificio”.
No deben además dejarse de lado las crecidas cifras de abortos en nuestra sociedad, las condiciones a veces infrahumanas en que se practican, las muertes y lesiones que por ello se producen, el hecho injusto de que las víctimas suelen ser las mujeres más humildes de nuestra sociedad y el auténtico problema de salud pública que exige nuestra atención.
No faltan voces que se levantan para sostener, contra lo expuesto, que si sólo damos al derecho lo que consideran un “alcance utilitario”, bien podría legalizarse el narcotráfico en supuesto privilegio de la paz social. Como todas las cosas llevadas al extremo, se trata de un sofisma; sin embargo, si con la legalización del narcotráfico se produjera un sensible mejoramiento en la sociedad, si se redujeran drásticamente los índices de narcoconsumidores, si se limitara la violencia, si se minimizaran los problemas de la delincuencia organizada y todopoderosa, el deterioro del encaje social, el desgaste de nuestras relaciones internacionales, etcétera, habría que considerar con seriedad incluso tal medida.
Dejemos en el pasado el fanatismo que erige hogueras de la intolerancia, pugnemos por un derecho que tienda puentes de amor, de armonía y de solidaridad.
Miembro de la Barra Mexicana de Abogados
