Secretismo en la PGR
Ricardo Alemán
La CNDH presentará recurso de inconstitucionalidad ante la Corte
Echará abajo reforma que entró en vigor apenas el pasado 23 de enero
Es probable que aún esté en la memoria de muchos la detención de Laura Elena Zúñiga, ganadora del certamen de belleza Sinaloa 2008.
También es posible que otros tantos se hayan enterado que el pasado 31 de enero la reina de belleza fue dejada en libertad por la PGR —luego de un arraigo de más de un mes—, debido a que autoridades federales no encontraron vínculo delictivo alguno entre la mujer y presuntos traficantes con los que viajaba durante su detención —el 23 de diciembre—, y a quienes se incautó un arsenal, droga y dinero.
Pero lo que está claro para todos —y de lo que existe plena certeza—, es que nadie sabe si la reina de belleza sólo acompañaba a los presuntos narcos en calidad de “chaperona”, si era una amiga casual, si fue víctima de un secuestro, si gracias a David Copperfield apareció entre el arsenal y las drogas por arte de magia, si era novia de “manita sudada” de uno de los traficantes, si era débil visual y/o auditiva —lo que le habría impedido ver y escuchar las travesuras de sus amigos—, si sus “entendederas” no le daban para darse cuenta que era parte de un grupo mafioso o —posibilidad que nadie puede descartar—, si debido a su candor y belleza siempre estuvo en las nubes.
Como quiera que sea, hoy la bella mujer está en libertad. Pero que nadie se equivoque. Se llevará un portazo en la cara el ocioso que quiera conocer la averiguación previa que la PGR debió iniciar en torno a Elena Zúñiga y sus amigos. ¿Por qué? Porque nadie puede acceder a dicha información, pues según la autoridad es “estrictamente reservada”. En efecto, no es posible tener esa información ni a través del Instituto Federal de Acceso a la Información, y menos “yendo a bailar a Chalma”.
Y es que casi en secreto —por lo menos sin que se percatara y menos entendiera de su trascendencia, la llamada opinión pública—, el pasado 23 de enero de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, la cual establece que “todas las averiguaciones previas tienen carácter estrictamente reservado”, y que únicamente está permitido el acceso a aquellas en las que se determinó el no ejercicio de la acción penal.
Pero no es todo. Se podrá acceder a esa información y en esa causal específica, sólo “después de pasados tres años y hasta un plazo de 12 años”, contados a partir de que quede firme el no ejercicio de la acción penal. ¿Qué quiere decir lo anterior? Es obvio, la opacidad total.
Dicen los expertos que hasta antes de esa poco clara reforma “únicamente se consideraba información reservada aquella vinculada a averiguaciones previas no concluidas”. Es decir, en trámite o en reserva, con el propósito de salvaguardar el buen curso de las investigaciones a cargo de la PGR. Lo curioso del caso es que ningún partido político objetó una reforma que a todas luces estimula la opacidad en torno a la procuración de justicia, y que legalmente impide que se eche una mirada al trabajo de la PGR en aquellas averiguaciones previas en las que se determinó el no ejercicio de la acción penal.
¿Por qué ocultar las averiguaciones previas en las que se determinó el no ejercicio de la acción penal? ¿Qué se esconde a los ojos de los ciudadanos?
Las anteriores y muchas otras interrogantes de esa naturaleza se formuló la Comisión Nacional de Derechos Humanos, CNDH, institución que en las próximas horas apelará a su facultad constitucional de interponer un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte.
Los argumentos parecen impecables. En la demanda que interpondrá la CNDH ante la Corte se dice que el 6º constitucional “contiene un mandato de no regresividad, en virtud del cual lo que era público previamente a la reforma de dicho precepto constitucional, debe permanecer público, salvo que el legislador se funde en un fin constitucional legítimo y motive las razones para restringir el acceso a la información, lo que no sucede en este caso”.
Es decir, que todo indica que los legisladores de todos los partidos votaron por legalizar lo ilegal, al reformar el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales. ¿Se habrán dado cuenta de lo que votaron?
EN EL CAMINO
La Iglesia católica, todos lo saben, es la más antigua institución política. Por eso no debe sorprender que en la lucha por el poder, y por la herencia de Maciel, algunos abusados decidieran hacer público lo que todos sabían: la doble moral de Maciel, de la congregación de Los Legionarios de Cristo y, a querer o no, de la institución toda. Olvidan los practicantes de la “política negra” que los carniceros de hoy serán las reses de mañana. Al tiempo.
