Itinerario Político

La Corte: aborto y libre expresión

Ricardo Alemán
Podría ratificar la despenalización de la interrupción del embarazo
No hay libertad de expresión sin la opinión pública

Convertida en institución fundamental para el equilibrio entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, la Suprema Corte podría colocar en breve dos nuevos pilares en la naciente democracia mexicana.
Y por supuesto que nos referimos a dos temas polarizantes que esperan turno en la Corte; la controversia constitucional interpuesta por distintos sectores e instituciones —por el gobierno federal mismo— sobre la despenalización del aborto en el Distrito Federal —que aprobó la Asamblea Legislativa del DF— y un recurso de amparo interpuesto por intelectuales y empresarios contra un artículo de la reforma constitucional en materia electoral que, a juicio de los demandantes, atenta contra libertades básicas como la de expresión.

En el primer caso, el de la despenalización del aborto, apenas en días pasados concluyó la etapa de consultas públicas, en donde los ministros de la Corte escucharon los posicionamientos de quienes defienden la reforma aprobada en el DF para despenalizar el aborto y —que en la práctica se convirtió ya en saludable antídoto al problema de salud pública de cientos de muertes de mujeres por abortos mal practicados— los argumentos de quienes desde el extremo opuesto insisten en que se trata de un crimen contra seres vivos, neonatos, que están en total indefensión.

Llama la atención que en esa controversia se han enfrentado, en un saludable debate —inédito en el que instituciones defensoras de derechos humanos defienden posturas radicalmente opuestas—, las comisiones de Derechos Humanos, nacional y del Distrito Federal. La primera argumenta que la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa es inconstitucional, en tanto que la segunda plantea que se trata de una reforma que respeta el derecho humano de las mujeres a decidir si continúan o no un embarazo. Otro aspecto sorprendente es que un gobierno federal identificado con la derecha, como el de Felipe Calderón, también promovió desde la PGR el mismo recurso contra la reforma del Congreso del DF, lo que muchos interpretan como un recurso político para desactivar las presiones de la extrema derecha contra el gobierno federal.

Pero más allá de la histórica y a veces interminable polarización de grupos conservadores de derecha y liberales de la izquierda —en un tema de muy alta complejidad y controversia como el aborto—, lo cierto es que entre los ministros de la Corte —por lo menos entre una mayoría— prevalece un criterio universal a favor de la despenalización de la interrupción inducida del embarazo dentro del margen de 12 semanas, a pesar de que el colegiado de ministros ha sido motejado como un puñado de conservadores y que, por ejemplo, en casos como el del góber precioso de Puebla, el resolutivo de la Corte no dejó satisfecho a nadie.

Es altamente probable que al final del proceso una mayoría de ministros se pronuncie a favor de ratificar la constitucionalidad de la reforma para despenalizar el aborto en el DF —puesta en práctica cuya eficacia legitimó en los hechos esa práctica—, lo que sin duda abrirá la puerta para que los congresos estatales hagan lo propio en esa materia. En realidad, quienes impugnan la reforma lo que pretenden es que se convierta en una tendencia de alcance nacional. Y por supuesto, cualquiera que sea el resolutivo de la Corte resultará severamente cuestionado por el sector que no sea favorecido con la decisión.

Como también hoy se cuestiona por un puñado de intelectuales y por un sector de la “opinocracia” que la Corte haya reservado el recurso de amparo contra un artículo de la reforma electoral —cuya violación a la libertad de expresión hemos demostrado aquí en repetidas ocasiones—, al tiempo que desechó dos recursos sobre la misma presunta violación, presentados por Convergencia y Nueva Alianza.

Resulta que el hecho de la Corte haya rechazado el recurso de los partidos —porque constitucionalmente los partidos políticos no pueden invocar ese recurso—, fue interpretado por la “opinocracia” y por los demandantes del amparo como una “marrullería” de la propia Corte para incumplir su responsabilidad. Y en efecto, nadie sabe a ciencia cierta lo que al final resolverá la Corte sobre el tema, pero también en este caso son muchos los indicios de que una mayoría de ministros parece entender que, en efecto, existen elementos para sostener la inconstitucionalidad de una reforma impugnada por un puñado de intelectuales y empresarios.

Y también en este caso los criterios que prevalecen tienen que ver con las concepciones universales más avanzadas sobre ese intangible en México del que muchos hablan pero pocos conocen; la “opinión pública”, a cuya definición corresponde precisamente la más moderna defensa de la libertad de expresión. Es decir, la libertad de expresión no se entiende sin su principal actor, que es la opinión pública, cuyas reglas no escritas son violadas por reformas como la promovida en México. Y sí, son muchos los indicios de que la Corte declare inconstitucional esa reforma, Al tiempo.

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