Urge reformar la Ley Estatal de PC de apenas poco más de un año vigente

Cosme Vázquez /ASICh

El titular de Protección Civil en el estado, Luis Manuel Moreno, planteó a la Comisión de PC del Congreso del Estado de Chiapas, la urgente necesidad de reformar la Ley Estatal de Protección Civil, para adecuarla a la Ley General de Protección Civil en México.
Durante la Sesión de la Comisión legislativa, que preside desde este jueves la diputada Gloria Eugenia Ramos Alcázar, expuso los motivos que obligan a reformar el marco jurídico estatal aprobado apenas en marzo del año pasado.
Ante el presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Javín Guzmán Vilchis; los diputados de la Comisión de Protección Civil de la 64 Legislatura de Chiapas, así como de representantes de las fuerzas armadas y de cuerpos voluntarios como Cruz Roja y Bomberos, quienes asistieron de invitados, García Moreno dijo que ante la promulgación de la nueva Ley General de Protección Civil, publicada el 6 de junio presente, en el Diario Oficial de la Federación, nos obliga adecuar nuestra ley estatal aunque es vanguardista.
Señaló que la nueva Ley General de PC retoma algunos temas prioritarios para la población, a efecto de evitar ocurran hechos lamentables como lo sucedido en Hermosillo, Sonora con el caso de la Guardería ABC o en centros de diversión como en Monterrey.
En tanto, en Chiapas todos los días tenemos eventos socios organizativos en los que tenemos que estar pendientes con un enfoque preventivo, y el ejemplo del día la tormenta tropical Carlota, que represente un alto riesgo para el estado.
Precisó que la nueva Ley General de PC establece en un artículo transitorio la necesidad de adecuar las leyes estatales, porque tiene el enfoque que para revertir la presencia de asentamientos humanos en zonas de alto riesgo, la necesidad de hacer un cambio radical en la política pública en la materia.
Dio lectura al artículo 84 de la nueva Ley General de Protección Civil que dice: se considera como delito grave la construcción, edificación, realización de obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una zona determinada sin elaborar un análisis de riesgos, y en su caso definir las medidas para su reducción, tomando en consideración la normatividad aplicable y los atlas municipales, estatales y el nacional si no cuentan con la autorización de la autoridad correspondiente.
Se trata de frenar asentamientos humanos en zonas de alto riesgo, ya que en su artículo 90 indica que la autorización de permisos de usos de suelos o la utilización por parte de servidores públicos de cualquiera de los tres niveles de gobierno, que no cuente con la aprobación correspondiente se considerará una conducta grave, la cual se sancionará de acuerdo a la ley de responsabilidades de servidores públicos, además de constituir un hecho delictivo en los términos de esta ley y las demás disposición legales aplicables. ASICh

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