Punto de Vista

Mario Tassías

Por supuesto que “un mi conocido” puede aspirar. Aspirar es sinónimo de anhelar, desear, soñar, esperar, y una lista de por lo menos ocho o diez vocablos más, como codiciar, por ejemplo. De esa escala sinonímica, quizás la codicia es la que pierde a algunos políticos que anhelan el mismo puesto con el que sueña “mi conocido”.

Pongámonos en contexto. En el 2012 en Chiapas, digámoslo de manera coloquial, se ofertarán en el tejido político 159 puestos de elección popular. Estos corresponden a Gobernador del Estado, 24 diputados en elección directa y 16 como regalo para los partidos políticos, y 118 ayuntamientos, con sus cabildos, síndicos y regidores que agrandan las nóminas, aunque realmente el puesto deseado en este caso, es el de Presidente Municipal.

En el de Gobernador muchos por ahora son los pretensos, uno por bando, será el elegido, por lo menos para la contienda real, para el chacoteo hay en números, como una docena. Entre ellos “un mi conocido” que también reúne los requisitos para aspirar.

Es pertinente aclarar que a nivel federal se elige presidente de la república, diputados y senadores, pero ese es motivo de otro tema. Por ahora nos ocupa el proceso electoral local, el más cercano a los sentimientos de los chiapanecos.

De manera formal, expresado en términos jurídicos, por mandato legal, el proceso electoral inicia el 1 de marzo del año de la elección. A menos que en los últimos días del mes que corre, se tome otra decisión que tenga que aprobar el legislativo estatal. Iniciados los escarceos, viene la parte operativa.

En ese orden, la agenda electoral se refiere a las precampañas. El Código de Elecciones y Participación Ciudadana ordena en su Artículo 225, que la duración del conjunto de actos realizados por los partidos políticos con el propósito de elegir a sus candidatos a puestos de elección popular, no podrá exceder de cinco días.

Dice el ordenamiento electoral que las precampañas para la elección de Diputados y miembros de Ayuntamientos darán inicio cuarenta y nueve días antes del día de la elección y terminarán cuarenta y cinco días antes de la fecha de las votaciones. Las elecciones están previstas para el primero de julio.

Según el Código referido, las precampañas para le elección de Gobernador darán inicio cuarenta y tres días antes del día de la elección y terminarán treinta y nueve días antes, miércoles, antes del domingo 19 de agosto.

Después de este ejercicio interno de los partidos, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana registrará el 11 y 12 de julio a los candidatos que suspiren por la gubernatura y entre el 18 y el 23 de marzo a quienes aspiren a las diputaciones y los ayuntamientos.

Ya para entonces, aquello se habrá convertido en una fiesta. Podría ser un espectáculo. O el instante mágico para asumir responsabilidades ciudadanas. Habrá llegado “la hora de la verdad” como dirían los clásicos o simplemente ante la crisis de confianza y legalidad el momento para tomar otra decisión.

Para ser Gobernador de Chiapas se requiere: Ser chiapaneco por nacimiento; Ser ciudadano chiapaneco y estar en pleno goce de sus derechos y con residencia efectiva no menor de ocho años; Tener 30 años cumplidos al día de la elección; No pertenecer al Estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto o haberse separado por lo menos con ocho años de antelación a la fecha de la elección o designación.

Otros requisitos son: No tener empleo, cargo o comisión de la Federación, Estado o municipios, o renunciar o estar separado de cualquiera de ellos cuando menos ciento veinte días antes del día de la elección. En los casos de los cargos de elección popular, obtener la licencia respectiva en el plazo antes señalado; No haber ocupado anteriormente el cargo de Gobernador Constitucional por elección popular; No haber ocupado en el periodo inmediato anterior el cargo de Gobernador provisional, interino o sustituto.

Y además, No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de mas de un año de prisión; No ser cónyuge o concubino, hermana o hermano, madre, padre, hija, hijo, o tener parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, así como tampoco tener parentesco por afinidad hasta el segundo grado, con el Gobernador en funciones.

Mi conocido reúne esos requisitos. A lo mejor, no se ha usted dado cuenta pero con eso de que ahora todo mundo aspira, “vealoste” bien ¿No “tendraste” “un su conocido” que también aspire a la gubernatura? Algunos llaman razonamiento a encontrar argumentos para seguir creyendo lo que creen.

¡Comparte la nota!