Festín de transparencia

Ernesto López Portillo

En julio pasado fue reformado el artículo sexto de la Constitución, fijándose nuevos y más exigentes criterios en materia de acceso a la información. La reforma incluyó el mandato a la Federación, los estados y el Distrito Federal para expedir las leyes en la materia o actualizarlas bajo estos parámetros, a más tardar en un año.
Bajo la batuta del doctor Sergio López Ayón, el IFAI, el CIDE y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM crearon el Código de Buenas Prácticas y Alternativas para el Diseño de Leyes de Transparencia y Acceso a la Información en México, codificando alternativas para el diseño legislativo. Detrás, hay un trabajo que incluyó la voz de la Conferencia Nacional de Organismos de Acceso a la Información Pública y 27 organizaciones de la sociedad civil.

El instrumento fue entregado al Congreso de la Unión el pasado miércoles 24 y ya circula hacia todo el país; avanzando así, la construcción de la segunda generación de normas encaminadas a garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información. Ha operado una especie de consultoría de impacto nacional que tiene el potencial de propiciar un salto cualitativo masivo hacia la modernización de la transparencia y el acceso a la información.

El código incluye una larga lista de materias importantes pero destacan algunas por su especial grado de complejidad e innovación; una de ellas es la transparencia policial. Por primera vez en nuestra historia, existe un referente técnico de estándares precisos de transparencia sobre la gestión de la policía, gracias a la aportación del Instituto para la Seguridad y la Democracia. Hemos trascendido la muralla que ha venido cercando a la seguridad pública en el terreno de la opacidad, creando un sistema que alumbrará ahí donde nunca debió haber oscuridad; es decir, en los aspectos básicos de la forma como trabaja la policía.

El artículo 308 del código presenta nueve estándares de transparencia policial, ordenando a las corporaciones publicar en internet: 1) los mecanismos de supervisión policial; 2) criterios e informes de evaluación del desempeño; 3) protocolos de uso de la fuerza; 4) lugares y medios de acceso para presentar quejas; 5) número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza; 6) plan de seguridad pública; 7) convocatorias y resultados de los concursos de selección; 8) programa de capacitación permanente, y 9) convocatorias de ascensos, criterios y procesos de decisión y criterios de separación del cargo.

Ahora estos estándares forman parte de las mejores prácticas de la transparencia policial. La relevancia de la noticia está más allá de mis palabras. El código es por esto y por mucho más una conquista democrática histórica. A sus hacedores, mi más alto reconocimiento.

Una disculpa pública: en mi colaboración anterior discutí una declaración del secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal que recogí del portal de Canal Once y que resultó ser falsa; me he disculpado con él y ahora lo hago con los lectores. En todo caso, permanece el fondo de aquella reflexión: la distancia entre los estándares modernos de combate a la corrupción y los que tiene esa institución es desconocida para el público.

Director ejecutivo del Instituto para la Seguridad y la Democracia, AC

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