CONDUSEF emite alerta contra malas prácticas de cobranza

Fabián Emanuel Pedrero Esponda, Delegado de CONDUSEF en Chiapas, dio a conocer que conforme a los artículos 4, 5 y 11, fracción XXX de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, esta institución federal tiene atribuciones para conocer sobre estos casos cuando la institución financiera intervenga directamente.
Aseguró que la CONDUSEF podrá ejercer acciones en contra de las instituciones financieras que recurran en prácticas nocivas de cobranza, para no permitir abusos en contra de los usuarios por cobranzas que no se sujeten a las buenas prácticas bancarias y atenten contra los derechos de privacidad.
En conferencia de prensa, señaló que si bien la cobranza es el derecho que tiene la institución financiera para reintegrar los pagos de capital, intereses, comisiones y otros cargos a los que, a través de un contrato se comprometió el usuario al adquirir un servicio financiero, “no significa que puedan ejercerlo de forma nociva”, apuntó.
Informó entonces que de acuerdo a la Ley se le aplicará prisión de tres meses a un año o de 30 a 90 días de multa al que para hacer uso de este derecho empleé la violencia, siempre y cuando se proceda por la parte ofendida.
Así –explicó- que la persona que se siente ofendida tiene el derecho de denunciar ante la autoridad competente los actos que lesionen su integridad física o psicológica.
Pedrero Esponda aclaró que las empresas de cobranza deben identificarse al requerir el pago a los deudores, deben negociar el pago de las deudas, documentar por escrito los compromisos adquiridos debiendo constar la rúbrica de ambas partes, proporcionar el escrito de finiquito o de liquidación de adeudo que haga constar el pago realizado, ayudar a los deudores a encontrar una solución a su problemática para el cumplimiento de su adeudo, proporcionar toda la información sobre la integración de su saldo, recibir quejas, comentarios o sugerencias de los deudores, e informar el resultado al interesado; así como, informar a la institución financiera cedente cuando el deudor haya cumplido con sus obligaciones de pago.
Sin embargo no deben realizar el requerimiento de pago a menores de edad o personas de la tercera edad, llamar en horarios inadecuados, utilizar un lenguaje obsceno o palabras altisonantes, hacer publicaciones de algún tipo en las que se refiera la negativa de los pagos de deudores, ostentarse como representantes de órganos judiciales u otra autoridad, amenazar a los usuarios con penas privativas de la libertad, incrementar las deudas con cargos no autorizados por las leyes de la materia y/o utilizar papelería que simulen instrumentos legales.
Para estos caso, la CONDUSEF recomienda negociar tus adeudos a través de las Unidades Especializadas de las instituciones financieras, ya que si negocias tu adeudo con un despacho de cobranza, pide que te informen a detalle el monto, el número de pagos, así como las condiciones, si es con “quita” (indica que sólo se va a pagar una parte del adeudo, manteniendo una calificación negativa en tu historial crediticio), o el pago total del mismo.
Asimismo, pide por escrito tu convenio para evitar malos entendidos, en caso de existir un proceso judicial en tu contra, se te debió informar quién te está demandando y cuál es la causa.
En este sentido, el Delegado Fabián Pedrero Esponda hizo un llamado a las instituciones financieras a contratar despachos de cobranza que se rijan por este código de ética y puso a disposición del usuario los servicios gratuitos que se ofrecen a través de esta delegación en Avenida Central Poniente, Número 1384, esquina con 13 poniente norte, Colonia Centro, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. ASICh

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