El SAt sostiene que es totalmente falso que este cambio la reforma al Código Fiscal de la Federación, aprobada en la Cámara de Diputados, tenga fines de espionaje digital o se trate de una “ley espía” para vigilar a los usuarios de plataformas que ofrecen servicios digitales.
La reforma establece en el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, que las plataformas deberán permitir a las autoridades fiscales, el acceso en línea y en tiempo real, únicamente a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales, que obre en sus sistemas o registros.
Esta modificación está enfocada solamente en la información fiscal de las plataformas, en materia de IVA, con el objeto de hacer más eficiente la recaudación en este sector y combatir la evasión de impuestos.
En ningún momento, se establece que el SAT podrá acceder a la información de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas, ni mucho menos se incluyen fines de vigilancia a las personas, como se quiere hacer creer.
El Servicio de Administración Tributaria reitera su compromiso con los derechos de libertad y privacidad de las y los mexicanos, consagrados en la Constitución Política, y reafirma su vocación de impulsar nuevos. mecanismos, que permitan hacer más eficiente la recaudación y cerrar espacios de evasión fiscal en beneficio del desarrollo del país.
