Niega el gobierno federal condonación de adeudos y una tarifa justa de energía eléctrica al ejido Nueva Esperanza, Tila

ASICH

El Gobierno federal niega condonación de adeudos y una tarifa justa de energía eléctrica a los ejidatarios de Nueva Esperanza, Tila, miembros de la organización Laklumal Ixim-Norte Selva, dio a conocer el Comité Digna Ochoa.
Dijo que esto se confirma en el resultado de la queja enviada por este organismo a la CNDH, donde los ejidatarios solicitaron que se proceda al cambio de postes de madera a punto de colapsar y a la ampliación de los servicios de energía eléctrica en la comunidad. La CFE en respuesta manifiesta que no es su facultad condonar adeudos y una tarifa justa de energía eléctrica, pero ha enviado personal de CFE a Nueva Esperanza para una revisión y atender esta petición.
El oficio enviado por la CFE está firmado por la Ing. Judith Verastegui Hernández, Jefe de Departamento de Atención a Clientes de la Subdivisión, EPS CFE SSB División comercial Sureste con folio OFICIOSSB-SUR-SCR-05-03_0027, con atención al expediente de queja CNDH/4/2020/81 en donde responde que “por medio del presente y derivado de la queja presentada ante la Comisión Nacional de Los Derechos Humanos y referente a la solicitud de condonación de adeudos y la aplicación de una tarifa justa, tengo bien a informarle que la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) señala en el artículo 139 que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aplicará la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas finales del Suministro Básico. Así mismo establece que el Ejecutivo Federal podrá determinar, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales determinadas por la CRE, para determinados grupos de usuarios del Suministro Básico”.
“LA CRE expidió mediante Acuerdo A/064/2018 de fecha 27 de diciembre de 2018 las tarifas de operación, así como la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas finales, que aplicarán a la Empresa Productiva Subsidiaria CFE Suministrados de Servicios Básicos (CFE SSB) a partir del 1º. de enero de 2019, mismo que esta empresa debe acatar”.
Sin embargo, señaló Digna Ochoa que es facultad del Presidente de la República en su carácter de jefe del ejecutivo federal otorgar tarifas especiales para un grupo que lo requiera, tal como lo ha hecho nuevamente en el estado de Tabasco.
Lamentamos que la CNDH sabiendo que la CFE no es la instancia del ejecutivo que determina las tarifas, le haya requerido información y una respuesta y no a las instancias como la CRE y el ejecutivo federal, puntualizó. ASICH

¡Comparte la nota!