ASICH
Gabriel Méndez López, abogado comunitario y profesional en la defensa de los derechos humanos de los pueblos originarios, sostuvo que la reforma a la Constitución Política del Estado de Chiapas, que incluyó materia de la libre determinación de los pueblos indígenas y la representación de estos pueblos en la Cámara de Diputados, significa un avance importante.
Sin embargo, observan que el derecho a la consulta de los pueblos originarios no se garantiza en dicha reforma, sobre todo que éstas deben ser libres, informadas, adecuadas y vinculantes. El artículo 2º Constitucional mandata que se debe consultar a los pueblos indígenas todo tema que sea legislativo o administrativo que afecten a los pueblos indígenas, pero los diputados legislaron tomando en cuenta el reglamento del IEPC. Hay una omisión legislativa.
Enfático dijo que se ha dado un paso importante con la reforma, pero solo esperan que sea avalada por los ayuntamientos, para poder proceder con la impugnación correspondiente, específicamente por el reglamento para consultar a los pueblos indígenas, porque no se hizo bien el proceso.
Reconoció la buena voluntad del Ejecutivo quien presentó la iniciativa de reforma, pero al garantizar una cosa, la representación de los pueblos indígenas, se violenta el derecho a la consulta. Ahí es donde se contrapone.
Enfático dijo que las leyes son perfectibles, por lo que si esta con reforma se ha dado un paso importante, pero tendrá que ser impugnada para mejorarla en el tema particular señalado y agregar lo que haga falta, sobre todo que para esta reforma no hubo consulta, aunque digan los diputados que el IEPC realizó la consulta para lo del reglamento.
Asimismo, hizo un llamado a las diputadas y diputados locales a estar alertar y ser participativos para reformar el Código Electoral del Estado de Chiapas. ASICH
