Con base en el acuerdo secretarial para controlar la venta de antibióticos mediante previa exhibición de la receta médica, a partir de este miércoles 25 de agosto queda prohibida la venta al público, por disposición oficial.
De acuerdo con el artículo 422 de la Ley General de Salud, la farmacia que haga caso omiso será acreedora a una multa de hasta 16 mil salarios mínimos, debido a que el artículo 226, en la fracción IV de la misma Ley, ratifica que los medicamentos para su venta y suministro al público requieren receta médica.
En las farmacias, las personas del área de mostrador serán las responsables de sensibilizar a los consumidores para que eviten la compra de antibióticos sin presentar la receta médica original.
Las recetas médicas expedidas a usuarios deberán contener: nombre y firma del médico, nombre de la institución que expide el título profesional, cédula profesional, domicilio del consultorio y fecha de la expedición.
Al respecto, la Secretaría de Salud del estado, a través de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios, realizó las capacitaciones oportunamente a alrededor de 500 empleados de farmacias en cadena y comunitarias de todo el estado.
La Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios será la instancia encargada de realizar la vigilancia sanitaria en las farmacias, para verificar el cumplimiento del acuerdo y realizar las acciones correspondientes.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) publicará y mantendrá actualizada la lista de antibióticos por denominación genérica o distintiva y genérica correspondiente, que estarán sujetos a este control, para consulta pública en www.cofepris.gob.mx. ASICh
