El 1 de julio del año en curso, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, en sesión celebrada a las 11:00 horas, resolvió dos Juicios de inconformidad promovidos en contra de resoluciones emitidas por la Comisión de Fiscalización Electoral.
El primero, respecto del expediente TJEA/JI/08-PL/2010, que fue promovido por Jorge Antonio Trujillo Flores, representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, en San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, en contra de la resolución de 15 de junio del año en curso, emitida por la COFEL, en el expediente COFEL/PES/036-BIS/2010.
Los Magistrados, por unanimidad de votos, resolvieron, con fundamento en los artículos 426 fracción III, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, tener por no presentado el medio de impugnación al actualizarse la causal de improcedencia establecida en la fracción V del artículo 404 del citado Código, esto es, por ser extemporáneo.
El segundo, referente al expediente TJEA/JI/09-PL/2010, fue interpuesto por José Alfredo Solís Moscoso, en contra de la resolución de la citada Comisión, del 21 de junio del presente año, dictada en el expediente COFEL/PES/034/2010.
Los Magistrados al realizar una interpretación gramatical, sistemática y funcional de diversos ordenamientos jurídicos, determinaron cuáles son los elementos de equipamiento urbano; concluyendo que no existió violación a la normatividad electoral por fijar propaganda electoral en esos lugares; en consecuencia, por unanimidad de votos, resolvieron confirmar la resolución emitida por la COFEL. ASICh
