Punto de Vista

Mario Tassías

“Ofrecer a las autoridades federales y locales, organizaciones de la sociedad civil, defensoras y defensores de derechos humanos, personas que trabajan en la academia, estudiantes, periodistas, y público en general una base de datos amigable, permanentemente actualizada, versátil y de acceso público sobre las recomendaciones y medidas de reparación dirigidas a México por parte de los organismos internacionales de derechos humanos de la ONU y la OEA”. Es parte del objetivo de http://recomendacionesdh.mx.

El portal busca: “Impulsar acciones que potencien la implementación de las citadas recomendaciones y medidas de reparación, particularmente en el ámbito de la política pública, la actividad legislativa y el quehacer jurisdiccional”.

Además de: “Facilitar ejercicios de seguimiento en la implementación de las recomendaciones y medidas de reparación”.

Dicho en términos breves, “Esta página contiene las recomendaciones que han sido formuladas al Estado mexicano por parte de mecanismos de derechos humanos de distinta naturaleza jurídica; desde las provenientes de sentencias de tribunales internacionales de derechos humanos cuya competencia contenciosa ha sido aceptada por el Estado mexicano —como la Corte Interamericana de Derechos Humanos— y las recomendaciones formuladas por órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos de los que México es Estado parte, hasta las recomendaciones de procedimientos especiales y del Mecanismo de Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas”.

“La sistematización de recomendaciones internacionales a México en materia de derechos humanos es el resultado de una iniciativa conjunta de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) como instancias promotoras y su presentación tiene fines exclusivamente informativos”.

“En una primera fase, se revisaron todos los informes elaborados por los órganos de tratados y procedimientos especiales de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos dirigidos a México. El primer antecedente fueron las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) de 1976. Sin embargo, no fue sino hasta 1994 que dichos informes comenzaron a incluir recomendaciones explícitas”.

“En una segunda fase, se inició el proceso de incorporación de datos del Estado mexicano sobre medidas de implementación de las recomendaciones y sentencias dirigidas a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y los tres niveles de gobierno, de conformidad con los métodos de seguimiento de cada uno de los mecanismos de derechos humanos respectivos. Así, en el caso de los órganos creados en virtud de tratados, se incorporaron las acciones reportadas por el Estado mexicano a los Comités contenidas en los informes periódicos de México a dichos órganos”.

“En el caso de los mecanismos internacionales de derechos humanos que carecen de sistemas de seguimiento a sus recomendaciones, en una tercera fase la sistematización será complementada por el Estado mexicano con información y una metodología expresamente desarrollada al respecto. No obstante, es relevante señalar que corresponde a los órganos de tratados y procedimientos especiales emitir sus opiniones sobre el seguimiento y cumplimiento de las mismas”.

“Con objeto de perfeccionar la sistematización de recomendaciones y sentencias, se agradecerá compartir sus comentarios especialmente durante los meses de julio y agosto de 2011 en que la plataforma estará en período de prueba”.

El portal ofrece espacios para otras herramientas como Metodología; Informes y Sentencias; Sitios de Interés, Buscador y Contacto, todos con la finalidad de que el usuario localice entre otros al Órgano o mecanismo emisor; el Título del informe; Datos del informe; Fecha de publicación del informe o sentencia, sigla de identificación, párrafo y/o inciso donde aparece la recomendación”.

Evidentemente que el tema de Derechos, es uno de los más importantes. Partiendo de los instrumentos internacionales de derechos humanos, y tomando en cuenta el listado del Índice Universal de Derechos Humanos de Documentos de Naciones Unidas (Índice Universal de los Derechos Humanos sobre los documentos de las Naciones Unidas), y el listado de HURIDOCS (Judith Dueck, Manuel Guzmán y Bert Verstappen, Micro-tesauros: una herramienta para la documentación de violaciones a los derechos humanos, Versoix, Suiza: HURIDOCS, 2006), se definió una matriz extensa de derechos concretos, los cuales, a su vez, fueron agrupados con base en un esquema de tres niveles que van de lo general a lo particular. (Una misma recomendación puede estar relacionada con más de un derecho o grupo de derechos en los distintos niveles de clasificación).

Visto en perspectiva, el portal ofrece la oportunidad de encontrarse con respuestas a muchas interrogantes sobre los DH y si a eso se la agregan 35 organismos nacionales e internacionales y dependencias tanto del ejecutivo, legislativo y judicial con sus respectivas páginas electrónicas para ser consultadas, el panorama es extenso para un vistazo, un análisis, una investigación o simplemente como cultura general de un tema que viene de tiempos remotos y que responde a un fenómeno relativamente más reciente, gracias a un lento, penoso proceso de formulación normativa, como ahora se menciona en la Constitución Política del Estado de Chiapas, por ejemplo.

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