ASICH
En el marco del Día Mundial de la Libertad de Prensa, el diputado federal Raúl Bonifaz Moedano presentará ante la Mesa Directiva de la Cámara Baja del Congreso de la Unión, una propuesta de reforma al artículo 362 del Código Nacional de Procedimientos Penales, cuyo propósito es salvaguardar el derecho de los periodistas al secreto profesional.
Con ello se garantizaría la libre expresión que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos sexto y séptimo respecto a la libertad de expresión, ya que los periodistas no podrán ser obligados a revelar sus fuentes, subrayó.
En la exposición de motivos de la propuesta, el legislador por Chiapas señala que es un hecho indudable que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. De igual manera “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
El periodismo es una tarea y labor fundamental para la libertad de expresión y la democracia, de tal manera que se deben otorgar todas las condiciones y garantías para su libre ejercicio, aseveró.
Anotó que actualmente en el artículo 362 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se establece un catálogo de personas que por su profesión tienen el deber de guardar secreto, como son ministros religiosos, abogados, médicos, psicólogos, entre otros. Sin embargo, en dicho catálogo no aparece expresamente la profesión del periodismo.
De tal manera que para generar un marco de protección se propone incorporar expresamente al periodismo como una de las profesiones que tienen el deber de guardar secreto.
La vía penal puede constituir un mecanismo para acallar al periodismo e inhibir el ejercicio de su libre la profesión, y estoy convencido de que la libertad de expresión, el trabajo de los periodistas debe tener todas las salvaguardas necesarias, de ahí la motivación de este proyecto legislativo, destacó.
Secreto profesional dispensa de la obligación de rendir testimonio sobre hechos de terceros. En ese sentido, aquel que conozca de cierta información con motivo del ejercicio profesional, no puede ser obligado, a rendir testimonio sobre tal información, salvo que el titular de la misma le autorice para ello, puntualizó. ASICH
