La Senadora María Elena Orantes, presentó un proyecto de decreto para reformar la Ley Federal del Trabajo, para que en caso de registrarse alguna contingencia sanitaria -tal como lo ocurrido con la aparición del Virus A H1N1-, se consideren días de descanso obligatorio los que determine la Secretaría de Salud y proteger los derechos laborales de los trabajadores mexicanos.
En su fundamentación la parlamentaria chiapaneca, explica que frente a la epidemia, queda al descubierto un vacio legal en las relaciones laborales de nuestro país, por lo que es fundamental adecuar el trabajo legislativo y estar pendiente de los acontecimientos sociales, al tiempo de subsanar en las leyes situaciones que no estaban previstas.
Precisa Orantes López, que “la influenza humana representó un tiro de gracia para el ya de por sí vapuleado mercado laboral, que tan sólo en febrero de 2009 ha visto una perdida de prácticamente 50,000 puestos de trabajo según el número de trabajadores registrados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)”.
La influenza y la incertidumbre financiera generada a nivel internacional, provocan un impacto en el crecimiento económico, y por ende, en la situación laboral en nuestro país, que se complicó con la inseguridad pública, la inflación, cambios estructurales, entre otros. Los comercios tuvieron que cerrar sus puertas afectando tanto a pequeñas y medianas empresas como a sus empleados, y la recuperación se vislumbra difícil.
Asimismo, al no estar contemplado en la Ley Federal del Trabajo el descanso obligatorio por una alerta sanitaria, muchos de los empleadores dejaron de pagarles los días no laborados, a sus trabajadores que viven del sueldo mínimo o de propinas, afectando seriamente sus ya de por si, raquíticas percepciones. Además de que en casos extremos, madres de familia que tenían que cuidar en casa a sus hijos por no estar operando las guarderías o escuelas, fueron despedidas injustificadamente.
Ante ello, María Elena, propuso a la Comisión Permanente, una Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona una nueva fracción X al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, y que quedará textualmente: Artículo 74. Son días de descanso obligatorio: I a IX…X. Los que determine la Secretaría de Salud en caso de contingencia sanitaria. ASICh
