Presenta Ovidio Cortazar iniciativa de decreto en materia de SP

El Diputado Federal Ovidio Cortazar Ramos Presentó este Martes ante el pleno del Congreso de la Unión la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal en materia de seguridad pública, en la que destaca que la seguridad Publica es un asunto de primera jerarquía, por lo que se debe continuar en la elaboración de propuestas que permitan avanzar en el fortalecimiento de las necesidades directamente vinculadas con ésta área a favor de la seguridad ciudadana. “Como Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, estoy a favor de apoyar la misión y visión del Plan Nacional de Desarrollo y continuar generando propuestas que ayuden a fortalecer la competitividad del país, y que mejor mecanismo que el de promover reformas dirigidas a combatir la inseguridad pública y en consecuencia, atraer y retener inversiones. Sin duda, esto nos permitirá elevar el nivel de vida de la ciudadanía y contribuirá a reducir la brecha de desigualdad” Puntualizó.
“Por lo antes expuesto, someto a la apreciable consideración de este Pleno la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto”:
Artículo Único. Se reforma el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:
Artículo 37.- Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y dedicarán por lo menos el 20% de los recursos a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este artículo, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán las mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.” ASICh

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