El Senador por Chiapas Zoé Robledo presentó ante el pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto de decreto por el que se adicionan los numerales 4, 5, y 6 al artículo 214 del Reglamento del Senado de la República, proyecto que expresa que cualquier legislador puede solicitar la remoción del presidente de una comisión, cuando ésta no dictamine los asuntos a su cargo en los plazos establecidos por la ley.El legislador chiapaneco recordó que quienes integran la Cámara Alta están obligados a guardad la Constitución y las leyes que ella emanan, y dijo que al respecto la Constitución, la Ley Orgánica del Congreso General y su Reglamento Interno, establecen el deber de dictaminar las iniciativas que se presentan ante comisiones en plazos apropiados para su estudio y análisis.
Zoé Robledo mencionó “sin embargo, este mandato no ha encontrado su justa expresión en el Senado de la República, ya que como muestra basta mencionar que en julio de 2012, el Congreso Federal aprobó la Reforma Constitucional que permite las candidaturas independientes, la iniciativa ciudadana y la consulta popular, y el plazo para expedir las leyes secundarias se agostó el pasado 9 de agosto, hace 40 días. Si los legisladores incumplimos, si las comisiones responsables no sesionan, si no dictaminan, pareciera que no pasa nada ya que no existe una reglamentación interna que garantice el cumplimiento o en su caso sancione el incumplimiento en la dictaminación de las iniciativas.”
El legislador chiapaneco aseveró que “la actividad legislativa implica un compromiso y debe existir una consecuencia jurídica que permita materializar la responsabilidad de los presidentes de las comisiones que no dictaminen en los tiempos establecidos, hoy que tanto se habla de evaluación, los senadores debemos ser los primeros en autoevaluarnos con la finalidad de actualizar el marco jurídico para que responda a las cambiantes necesidades del trabajo legislativo”. ASICh
