*Cualquier otro ejercicio solamente sería una simulación
Cosme Vázquez/ASICH
El ejercicio de la revocación de mandato, jurídicamente no tiene razón de ser porque la Constitución General de la República establece claramente el periodo en que deberá durar el presidente de la República en su encargo, y no puede sentar un precedente histórico porque fue la dictadura de Venezuela donde se instituyó este ejercicio para perpetuarse en el poder, sostuvo Noé Maza Albores, vicepresidente de la Federación de Colegios, Barras y Asociaciones de Abogados de Chiapas.
La revocación de mandato puede darse con solo darle plena autonomía a la Auditoría Superior de la Federación para que constantemente esté auditando al presidente de la República, gobernadores, presidentes municipales y todo funcionario que tenga la responsabilidad de administrar recursos económicos.
