Augusto Solórzano López/ASICh
Al centro de la mesa de la discusión tenemos una pregunta que presuntamente no tiene una convincente respuesta y que puede desatar polémica; es legal y permisible que una funcionaria del Consejo Estatal para los Derechos Humanos de Chiapas, también desempeñe el cargo de Consejera Propietaria en el Distrito 9 con cabecera en Tuxtla Gutiérrez.
En esa disyuntiva se encuentra la C. Ivonne Miroslava Abarca Velázquez, quien en el Consejo Estatal de Derechos Humanos se desempeña como Directora de Investigación en Derechos Humanos, mientras que ante el Instituto Federal Electoral, IFE, es Consejera Propietaria de la fórmula 3 en el Consejo Distrital 09 de la Capital.
Esta aparente duplicidad de responsabilidades es la que supuestamente Juan García Bernal llevó a preguntar al Consejo Estatal de los Derechos Humanos por escrito primero y como denuncia después el por qué de la probable irregularidad.
Todo indica que para las leyes de la materia y el reglamento del Consejo Estatal de Derechos Humanos esa duplicidad está prohibida, de acuerdo al denunciante, pero de acuerdo al Consejo, CEDH, esto está permitido por otras leyes como las constitucionales.
Y en el jaloneo, Juan García Bernal, considera que la interpretación del CEDH en comento es equivocada y que debe mediar un procedimiento administrativo y apela a la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, que preside el diputado, Aquiles Espinosa García.
Se dice que el hecho de que Ivonne Miroslava Abarca Velázquez ostente dos cargos respectivamente uno en el CEDH y otro en el IFE, está prohibido por los artículos 20 y 123 de la ley de responsabilidades de los servidores públicos y también por el reglamento interno del Consejo Estatal de los Derechos Humanos.
En oficio de fecha 24 de febrero 2012, el quejoso Juan García Bernal se dirige al Mtro. Lorenzo López Méndez, Consejero Presidente del CEDH para pedirle información que aclare sus dudas al respecto.
El 9 de marzo pasado en oficio CEDH/PRES/078/212, firmado por el Consejero Presidente Lorenzo López Méndez, responde que en sesión ordinaria de Consejo General celebrada el 6 de marzo determinaron que no hay inconveniente (…) que el cargo en el CEDH es laboral y que el del IFE es un derecho ciudadano.
A lo que Juan García Bernal con domicilio en Norte 82 #5106 Col. Gertrudis Sánchez Delegación Central Gustavo A. Madero CP 07839 México, D.F., refuta y dice que de acuerdo a dictados del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, Cofipe, no es procedente. ASICh
