En defensa para que criterios y reglamentos no violen derechos de trabajadores

Cosme Vázquez /ASICh

El secretario general de la Sección 7 del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación, Rosendo Galíndez Martínez sostuvo que siempre estarán en la defensa de que todo tipo de criterio y de reglamento no atenten contra el derecho laboral o prestacional de los agremiados.
Tras trascender que en algunos estados de la República los maestros que forman parte como socios de alguno de los fondos de ahorros creados, ahora viven un viacrucis de no poder retirar su dinero, el dirigente sindicalista sostuvo que en el caso de Chiapas se tendría que revisar para evitar esas irregularidades.
Peros, enfático dijo si hubiera una situación similar a lo que ocurre en otros estados, de inmediato definirían una posición clara de defensa, porque a nadie se le puede violar o vetar el derecho de gozar de sus prestaciones y de sus ahorros que con tanto esfuerzo han realizado.
En lo particular, anotó que han estado promocionando el Fondo de Ahorro en los últimos dos años, lo que les ha permitido detectar que el otro instrumento financiero que converge al interior de la Sección 7 del SNTE, como es la Caja de Ahorros ha puesto candados para las bajas.
Sin embargo, considera que la lógica de los trabajadores sabrá sobreponerse a afecto de dejarlo en libertad para que se afilie de acuerdo a los intereses que así le convengan.
Precisó que una vez que hubiera algún reclamo de los socios de la Caja con respecto a sus ahorros, el Comité Ejecutivo Estatal tiene la obligación de actuar en consecuencia a petición de los interesados, en tanto en el Fondo de Ahorro están abiertos al ingreso a y al retiro de los socios.
Anotó que todos los trabajadores tienen derecho de accesar a todo tipo de fondo de prestación que ha promovido la organización sindical a nivel nacional y de manera local, a través del ISSSTE y de instrumentos financieros.
En tanto, Rosendo Galíndez Martínez explicó que en el caso de que un trabajador tenga que moverse de un estado a otro, es su obligación dejar sus cuentas saldadas, es decir no debe deber nada para que le puedan liberar su orden de traslado.
Señaló que a veces hay irregularidades porque en algunos fondos generan algunas disposiciones que contravienen contra algún derecho laboral. Por ejemplo, si el trabajador se tenga que mover en agosto de un estado a otro, en tanto los criterios del fondo dicen que solamente en periodos de diciembre enero se puede retirar o pagar los fondos. Ahí hay un desajuste y contraviene al derecho laboral.
Consideró que esas desavenencias deben ser excepciones, pero que revisadas con prudencia y sensatez, tendrían que ser reformadas, a efecto de que no choquen con un derecho laboral que tienen los trabajadores. ASICh

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