Emite recomendación DH al MJ y la SSyPC

En cumplimiento a la atribución que le confiere el Artículo 12, Fracción III de la Ley para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Chiapas, La Comisión de Derechos Humanos, formuló las Recomendaciones números 11 y 12 a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadada y al Ministerio de Justicia del Estado, respectivamente.Emite recomendación DH al MJ y la SSyPC

En cumplimiento a la atribución que le confiere el Artículo 12, Fracción III de la Ley para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Chiapas, La Comisión de Derechos Humanos, formuló las Recomendaciones números 11 y 12 a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadada y al Ministerio de Justicia del Estado, respectivamente.
La primera dirigida a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, refiere al deceso de un recién nacido en el Centro de Reinserción Social número 14 “El Amate”, en Cintalapa, Chiapas, debido a que existió dilación en el procedimiento de excarcelación de la madre hacia el Hospital Regional Dr. “Rafael Pascacio Gamboa” de Tuxtla Gutiérrez, quien presentaba trabajo de parto para su debida atención, lo cual ocasionó que, después de casi cinco horas de espera, fuera atendida en el penal.
A consecuencia de este acto, el recién nacido tuvo problemas de respiración y ameritó su trasladado urgente al Hospital Integral en Cintalapa, en donde pese a los esfuerzos de reanimación se decretó su fallecimiento.
De las investigaciones correspondientes se acreditó violaciones a los derechos humanos, al existir una actividad administrativa irregular, por lo tanto, se recomendó instrumenten medidas que garanticen las condiciones óptimas para el desempeño de los médicos de ese centro penitenciario y, en aquellos casos en que se requiera de la excarcelación con carácter de urgente de los internos, se evite la dilación, asimismo se inicie y determine conforme a derecho, procedimiento de indagación para establecer la responsabilidad administrativa en que pudieran haber incurrido el personal de “El Amate” y se coadyuve con el Fiscal del Ministerio de Justicia, con las investigaciones ministeriales y se realice el pago por concepto de indemnización que proceda de conformidad con la legislación aplicable por los daños y perjuicios causados.
La segunda Recomendación se dirigió al Ministerio de Justicia del Estado, derivada del caso de una persona del sexo masculino que fue objeto de malos tratos y lesiones por parte de elementos de la Policía Ministerial, durante su detención y estancia en los separos preventivos de dicha corporación.
De las indagaciones, se acreditaron violaciones a sus derechos humanos, por lo que recomendó se iniciara procedimiento de investigación para determinar la responsabilidad en que hayan incurrido y se inicie la Averiguación Previa correspondiente. ASICh

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