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La Sala “A” del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Chiapas, Presidida por el Magistrado Eugenio Narcía Mendoza, y conformada por los Magistrados José María Chambé Hernández y Hugo Gómez Estrada, resolvieron, por unanimidad, desechar el Juicio de Inconformidad interpuesto por Bayardo Robles Riqué en contra del acuerdo administrativo con número CLE/PA/B/029/2007, dictado el ocho de junio del año en curso por el contador público Rodolfo Ramos Palacios, Contralor Electoral, titular de la Ponencia “B” de la Contraloría de la Legalidad Electoral.En el juicio se ordena a las Direcciones Jurídicas; de Fiscalización y Auditoría, y de Prevención y Difusión, dependiente del citado Órgano realizar inspección ocular de unidades automotoras con calcomanías alusivas al caso, pinta de paredes con mensajes subliminales; e investigar, determinar e informar el resultado de los procedimientos de la estimación del costo de los gastos en publicidad realizados por Bayardo Robles Riqué, así como investigar e informar el resultado de las pruebas de monitoreo en los medios de comunicación.
Tal resolución tiene como fundamento que el promovente, Bayardo Robles Riqué, carece de interés jurídico por no tratarse de un acto definitivo, ya que se trata de un acuerdo de trámite dentro del proceso que está llevándose a cabo en la Contraloría de la Legalidad Electoral con motivo de una denuncia interpuesta por un ciudadano que argumenta supuestos actos de proselitismo. ASICh
