Por: Gustavo Hernández Larrauri
LEGISLATIVOS
En columnas pasadas tocaba el tema del ámbito legislativo Federal, en especifico a la Instalación de la LXI legislatura de la cámara baja del Congreso de la Unión, tema en que e manifestado mi opinión, en esta columna abordare a la LXIII legislatura local del Estado de Chiapas, en especifico a la Comisión de Hacienda quien ahora Preside dicha comisión la Diputada local plurinominal del PAN, Ana Elisa López Coello, Diputa de origen coleto quien es también Presidenta de la mesa Directiva del Congreso del Estado hasta el próximo quince de noviembre de este año, mas no la Presidencia de la Comisión de Hacienda. No cabe duda que en Chiapas, la equidad de género es un hecho, es una premisa de los objetivos de desarrollo del milenio trazados por la ONU, en especifico en el punto tres que promueve la igualdad de genero y emponderamiento de la mujer y que en Chiapas es punto base de su agenda, prueba de ello que la Presidenta del Congreso a través de la mesa directiva es una mujer, así como las dos vicepresidencias son ostentadas por mujeres Chiapanecas de gran capacidad de diversos partidos políticos.
Antes de seguir desarrollando el tema hay que felicitar a Ana Elisa por su nuevo cargo, aparte de Presidir la mesa directiva, no dudando de su gran capacidad y probidad, sin embargo, la cuestión es en tres puntos: El primero es el perfil, el segundo punto es el de la cuenta publica y el tercero es su derecho inalienable, si existiera en ella la intención de contender en la elección del próximo año hacia la Presidencia Municipal de su pueblo natal, San Cristóbal de las Casas. En cuanto al perfil, no creo que exista impedimento legal para ostentar la Presidencia de la comisión de hacienda, sin embargo, sería sano que se rodeara de personal capacitado en el tema de la hacienda publica, asimismo no estaría de más capacitación personal debido a que su perfil sino me equivoco es de licenciatura en educación, es egresada en normal primaria cuando se cursaba con secundaria y que ha la postre obtuvo el grado de licenciatura, contando con gran preparación educativa y con una gran trayectoria en supervisión preescolar, mas no en temas hacendarios.
Si bien es cierto que muchas veces la capacitación y el perfil no es sinónimo de capacidad, sí de un proyecto de Nación con un mayor nivel de preparación, su antecesor en presidir dicha comisión, el ahora Diputado Federal también panista, mantenía un perfil de Licenciatura en Derecho, Maestría en Derecho Corporativo, especialidad en Derecho fiscal así como Diplomados en Administración publica, Derecho administrativo y Constitucional. Cito esto por que van los tres puntos por pegado, el del perfil, el de la cuenta publica y el de la posibilidad de la aspiración a la Presidencia Municipal de San Cristóbal de las Casas. Debido a que la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Chiapas marca: IV.- LA COMISIÓN DE HACIENDA, ESTUDIARÁ Y DICTAMINARÁ LAS INICIATIVAS REMITIDAS EN RELACIÓN CON LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA, ESPECIALMENTE LOS PRESUPUESTOS DE EGRESOS, LEYES DE INGRESOS Y CUENTA PÚBLICA QUE EN GENERAL QUE SE RECIBAN.
La Ley de presupuesto contabilidad y gasto publico municipal señala: ARTICULO 10.- EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL SE INTEGRARA EN LOS FORMATOS QUE EMITA EL H. CONGRESO DEL ESTADO A TRAVES DE LA COMISION DE HACIENDA, POR CONDUCTO DE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA, QUE SE REFIEREN A: I.- PRESUPUESTO DE EGRESOS ANUAL; ASIGNADOS A LOS PROGRAMAS Y SUBPROGRAMAS PARA EL EJERCICIO FISCAL. II.- RESUMEN POR OBJETO DEL GASTO; CLASIFICANDO EN FORMA RESUMIDA LOS IMPORTES DE LOS CAPITULOS, CONCEPTOS Y PARTIDAS PRESUPUESTALES E IDENTIFICANDO LOS NUMEROS DE PROYECTOS Y OBRAS PRESUPUESTADAS, ASI COMO SEÑALANDO EL GASTO PROMEDIO MENSUAL Y GASTO TOTAL ANUAL
III.- ANALITICO DE SERVICIOS PERSONALES; IDENTIFICANDO EN FORMA PRECISA LA ESTRUCTURA PRESUPUESTAL DEL CAPITULO DE SERVICIOS PERSONALES. IV.- ANALITICO DE OBRAS PUBLICAS, DONACIONES Y ADQUISICIONES. V.- ANALITICO DE LA DEUDA PUBLICA, LA CUAL DEBERA ESTAR PREVIAMENTE APROBADA POR EL H. CONGRESO DEL ESTADO; Y VI.- EN GENERAL, TODA LA INFORMACION QUE SE CONSIDERE UTIL PARA MOSTRAR LA PROPUESTA EN FORMA CLARA Y COMPLETA. ARTICULO 11.- EL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL DEBERA SER PRESENTADO AL H. CONGRESO DEL ESTADO POR EL AYUNTAMIENTO DURANTE EL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 60 FRACCION XIII DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE CHIAPAS, A MAS TARDAR EL 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO ANTERIOR AL EJERCICIO QUE CORRESPONDA.
Siendo una de las funciones primordiales de la comisión de hacienda es la revisión, el emitir observaciones y remitir la cuenta publica de los municipios para su fiscalización, ante el órgano facultado para ello, entre tantas otras, cuestión más que polémica que en varios casos ha llevado a funcionarios a la cárcel o se ha politizado, debido al mal manejo de los dineros del pueblo, y es ahí donde el buen juez por su casa empieza, ya que han sido muchos los señalamientos públicos en contra de la administración de Mariano Díaz Ochoa, en San Cristóbal de las Casas y que para evitar especulaciones o malos entendidos, ya que es más que sabida la excelente relación política entre la Diputada Ana Elisa y Mariano Díaz, Presidente municipal, su posición, no es que no lo haya sido, sino que debe ser neutral y objetiva, más aun si tuviera aspiraciones en sucederlo en la presidencia municipal, ella o quien sea, el tener finanzas sanas sería sano, pero sobre todo para el pueblo coleto que ahora fincará sus anhelos de transparencia en la cuenta publica municipal en una legisladora coleta que esta destacando y que ahora estará en el Congreso velando por los dineros del pueblo coleto y de los 117 municipios restantes de la Entidad.
Si se diera el caso, sería sano se denunciara si existiera malos manejos en San Cristóbal o en otros municipios ya que la misma ley marca: ARTICULO 29.- EL CONGRESO DEL ESTADO A TRAVES DE LA COMISION DE HACIENDA Y POR CONDUCTO DE LA CONTADURIA MAYOR, FINCARA LOS PLIEGOS DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y EN SU CASO HARA LAS DENUNCIAS CORRESPONDIENTES ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE SOBRE LOS ACTOS U OMISIONES QUE AFECTEN LA HACIENDA PUBLICA O EL PATRIMONIO MUNICIPAL, QUE SE CONOZCAN A TRAVES DE: I.- VISITAS, AUDITORIAS O INSPECCIONES QUE REALICE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.
II.- PLIEGOS PREVENTIVOS QUE LEVANTEN LAS SINDICATURAS DE LOS AYUNTAMIENTOS CON MOTIVO DE LA GLOSA QUE DE SU PROPIA CONTABILIDAD HAGAN; Y III.- PLIEGOS DE OBSERVACIONES QUE EMITA LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA EN LOS TERMINOS DE SU LEY ORGANICA. ARTICULO 30.- LA COMISION DE HACIENDA FORMULARA DIRECTAMENTE A LOS AYUNTAMIENTOS Y DEMAS ORGANOS MUNICIPALES QUE MANEJEN FONDOS PUBLICOS, LOS PLIEGOS DE OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DERIVADOS DE LA REVISION DE LA CUENTA PUBLICA ANUAL, CON BASE AL INFORME QUE LE RINDA LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, SEGUN EL ARTICULO 27 DE LA PRESENTE LEY…
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