La Secretaría de la Defensa Nacional, SEDENA, tendrá que desclasificar todos y cada uno de los datos de “Pegasus”, el software de espionaje en México, que afectó directamente a periodistas; para entender todo este embrollo, primeramente debemos de recordar que Judith Aracely Gómez Molano, exoficial mayor de la extinta Procuraduría General de la República, PGR, en una decisión cuando menos polémica, fue exonerada luego de haber sido procesada por la compra de “Pegasus”, programa que fue utilizado durante la presidencia de Enrique Peña Nieto para espiar a cientos de periodistas, empresarios, activistas y demás personas consideradas contrarias al último régimen del finiquitado y casi desaparecido Partido Revolucionario Institucional, PRI:
Tomo de varias fuentes, el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito confirmó de manera definitiva la sentencia que obliga a la Secretaría de la Defensa Nacional, SEDENA, a entregar las versiones públicas de los contratos firmados para el uso del software de espionaje Pegasus. un programa espía para teléfonos móviles, desarrollado por la empresa NSO Group, capaz de extraer datos personales y activar cámaras o micrófonos sin que el usuario lo note
Esta resolución judicial se produce tras cuatro años de litigio impulsado por la organización Red en Defensa de los Derechos Digitales, R3D, la cual promovió un juicio de amparo ante la negativa de las autoridades militares para transparentar los acuerdos financieros celebrados en 2018 y 2019.
Según datos publicados por el diario El Universal, la decisión desestima los argumentos de la dependencia federal sobre la supuesta imposibilidad de hacer pública esta información, abriendo el plazo legal para la desclasificación de los documentos.
Los contratos que deberá transparentar la Secretaría de la Defensa Nacional, de acuerdo con el fallo, exige la publicación de las versiones públicas de dos contratos específicos vinculados con la empresa Comercializadora Antsua S.A. de C.V., contratada para el suministro del denominado “Servicio de Monitoreo Remoto de Información”.
Los detalles clave de estas contrataciones abarcan los siguientes puntos: Folios de los contratos: Identificados con los registros DN-10 SAIT-1975/P/2019 y DN-10 SAIT-1938/P/2018. Monto involucrado: El costo acumulado de ambos convenios que superan los 140 millones de pesos.
El objeto de la contratación, es decir la adquisición de licencias y servicios de monitoreo remoto de comunicaciones. El incumplimiento previo. Las autoridades militares negaron inicialmente la existencia de estos documentos en solicitudes de acceso a la información y posteriormente desacataron las resoluciones emitidas por el extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, INAI.
Sobre la Cronología del caso, sobre la investigación “Ejército Espía” al fallo definitivo y lo más importante: la vía legal para transparentar el uso de este programa informático que ha tomado varias etapas de fiscalización e investigaciones civiles desde el 2017 hasta el presente 2026.
La importancia del fallo para la transparencia y la rendición de cuentas, afirman especialistas de la sociedad civil que el cumplimiento de esta sentencia representa una prueba relevante para el compromiso gubernamental con la apertura de información pública.
En entrevista para El Universal, José Flores, integrante de R3D, explicó el alcance de esta resolución: Hay una deuda histórica, el uso de Pegasus se remonta a sexenios pasados. Celebramos la decisión que tomó el Tribunal, además se refutó el argumento a la SEDENA, que decía que era imposible transparentar esta información y se le reiteró que ya se excedió el plazo que tenían para presentar estos contratos y que entraron en desacato.”
El activista enfatizó la oportunidad institucional que ofrece este momento procesal:
Creo que se puede demostrar mucha voluntad política haciendo entrega de estos contratos. La presidenta va a presentar un decreto impulsando mayor transparencia y pues qué mejor momento que este para demostrar que ese decreto van a ser más que palabras.”
Asimismo, la organización recordó que el uso de este tipo de tecnología ha sido documentado en investigaciones como la intervención de comunicaciones en el caso de la desaparición de los estudiantes de Ayotzinapa. Una vez notificada formalmente la sentencia, corre el plazo legal para que las Fuerzas Armadas pongan las versiones públicas a disposición de la ciudadanía.
