CNE publica registro temporal para despacho de autoconsumo de petrolíferos

Ciudad de México. La Comisión Nacional de Energía (CNE) puso en práctica un programa temporal de registro para todas las personas y empresas que actualmente realizan actividades de despacho para autoconsumo de petrolíferos, como gasolinas y diésel, para garantizar la continuidad de estas operaciones mientras se emite la regulación definitiva y se otorgan los permisos correspondientes.

El organismo regulador señaló en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que esta medida busca evitar la interrupción de actividades esenciales en sectores estratégicos como transporte de carga y pasajeros, agricultura y minería, que dependen del suministro interno de combustibles para su operación diaria.

El programa establece que quienes ya realizan despacho para autoconsumo deberán inscribirse en un registro habilitado por la CNE a través de su portal oficial, por lo que deberán proporcionar información sobre las instalaciones, su ubicación, capacidad de almacenamiento, tipo de petrolíferos, vehículos atendidos y procedencia lícita del combustible utilizado.

Una vez completado el registro, la autoridad emitirá una constancia digital que permitirá a los inscritos continuar sus operaciones de manera temporal, aunque esta constancia no sustituye ni equivale a un permiso formal.

Registro estará abierto hasta diciembre

Con la entrada en vigor del programa, se busca identificar todas las instalaciones donde se realiza esta actividad, obtener datos precisos sobre volúmenes de consumo, características técnicas y ubicación de los predios, así como fortalecer la supervisión y trazabilidad de las operaciones.

La CNE enfatizó que el despacho para autoconsumo solamente puede realizarse en estaciones de servicio con fin específico o plantas propias de distribución, sin que exista la posibilidad de vender, ceder o transferir los productos a terceros ni emitir facturas por su venta.

El registro estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2026. Al concluir este periodo, solo podrán seguir operando quienes cuenten con la constancia emitida por la CNE, la cual tendrá validez hasta que se publiquen los lineamientos para el otorgamiento de permisos definitivos y se resuelva cada solicitud de manera formal.

Adelantó que, una vez terminado el registro, contará con un plazo máximo de doce meses para emitir la regulación que definirá los requisitos, condiciones y obligaciones para la obtención de permisos de despacho para autoconsumo.

CNE reforzará supervisión

Durante la vigencia de este programa, las personas registradas podrán seguir adquiriendo combustibles únicamente a distribuidores o comercializadores que cuenten con permisos vigentes, y estas empresas deberán verificar en el padrón público de la CNE la validez de la inscripción antes de realizar cualquier suministro.

Además, la autoridad reforzará la supervisión y verificación de estas actividades para asegurar el cumplimiento de criterios de seguridad industrial, operativa y medioambiental, así como el uso de petróleo de procedencia lícita.

La CNE señaló que este esquema transitorio ofrece certeza jurídica tanto a las empresas como a los sectores productivos, al tiempo que permite a la autoridad integrar información clave para la planeación y supervisión del sector hidrocarburos.

Con información de LA JORNADA

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