Aprueban diputados seis iniciativas de decretos

Al reanudar el Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, la LXIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó seis iniciativas más, las cuales consisten básicamente en lo siguiente.
Decreto por el que se Reforma la Ley Orgánica del Instituto de Energías Alternativas, Renovables Biocombustibles y Energías Eléctricas
Adecua la integración de la Junta de Gobierno del Instituto de Energías Alternativas, Renovables, Biocombustibles y Energías Eléctricas del Estado de Chiapas, en virtud de que mediante Decreto número 233, publicado en el Periódico Oficial número 164, Segunda Sección, Tomo III, de fecha trece de mayo de dos mil nueve, el citado Instituto quedó sectorizado a la Secretaría de Hacienda.

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Instituto Marca Chiapas
Busca generar la denominación que permita esta labor y logre ubicar a nuestro Café en el mercado internacional como único y de mayor valía por provenir de nuestra Entidad. Es con ello que la administración del Museo del Café y la Boutique del Café, se debe considerar como el instrumento idóneo para el cumplimiento de los fines del Instituto Marca Chiapas, el cual es representativo a nivel nacional, ya que, son estrategias dirigidas a fortalecer la diferenciación y posicionamiento del Café Marca Chiapas, en mercados nacionales e internacionales, así como rescatar y divulgar la cultura cafetalera y coadyuvar a la formación de consumidores socialmente responsables, promover el consumo interno de los países productores y proporcionar a través de este la experiencia e información que contribuya a consolidar una conciencia social responsable y la lealtad al consumo

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Categorización Político Administrativa de los Núcleos de Población
De acuerdo al Programa de Ciudades y Villas Rurales Sustentables, el objetivo es orientar la generación de centros poblacionales en los cuales se pueda combatir la dispersión humana, para de esta forma permitir el desarrollo económico de la población al proveerle de los servicios básicos; de esta forma se retoma el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y cumplir con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012 de disminuir en un 30% la dispersión humana y por ende la marginación que esta acarrea; así como con el Plan Estatal de Desarrollo Chiapas Solidario 2007 – 2012.
El Programa considera importante y urgente instrumentar acciones que promuevan un ordenamiento territorial conducente a una explotación eficiente y sustentable de los recursos naturales y acciones que ayuden a frenar y revertir el proceso de dispersión y migración poblacional en el Estado, impulsando el desarrollo local y el mejoramiento de los servicios básicos y de las condiciones de vida de la población. Así, entre otros, el Plan propone la construcción de Ciudades y Villas Rurales Sustentables, cuyo objetivo será impulsar regiones o zonas con infraestructura y servicios básicos para ir concentrando en ellos a las comunidades dispersas, logrando una más eficiente organización territorial y una relación más equitativa de su entorno. Estos centros poblacionales asumirán el rol de espacios de atracción de la población rural para contener los procesos de emigración y de dispersión poblacional; así, se constituirán también en factores de desarrollo productivo y sustentable de la región, propiciando una mayor integración comercial y de servicios.

Decreto por el que se reforma el artículo 45, de la Ley de Desarrollo Urbano
Pretende que las asignaciones de los usos de suelo y destino determinados en los programas de desarrollo urbano, ya no sean modificados obligatoriamente hasta en un lapso de cinco años, sino cuando existan las demandas de proyectos que, previo estudio y análisis, se destinen para el beneficio del interés social, y no haya otra opción viable para su desarrollo, siempre que exista previa autorización de la autoridad competente.

Decreto por el que se emite la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado y los Municipios
Crear una nueva Ley de Fraccionamientos y conjuntos habitacionales para el Estado y los Municipios de Chiapas, para así poder establecer las normas para la regulación, control, vigilancia, autorización y transformación de inmuebles en fraccionamientos, de igual forma se establece jurídicamente que cada municipio, será la instancia responsable de aplicar la legislación en su ámbito territorial siendo estos los encargados en la regulación y autorización de fraccionamientos, como también se busca que se destine la venta de los lotes que conformen el fraccionamiento de interés social a personas que no tengan propiedad inmueble en la localidad de que se trate, que sean jefes de familia y tengan un ingreso no mayor a tres salarios mínimos regional vigente elevado al mes.

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciudades Rurales Sustentables
Crea la figura de Villas Rurales Sustentables para aquellos centros poblacionales existentes o de nueva creación que mediante la construcción de infraestructura, conservación y mejoramiento de los mismos, concentren asentamientos humanos dispersos con altos índices de marginación y pobreza, concentrando, igualmente, aquellas comunidades que se encuentren en zonas que se consideren de alto riesgo, para ofertarles los servicios de infraestructura básica, a fin de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

De nueva cuenta la Mesa Directiva declaró un receso, por lo que el análisis y votación de las iniciativas restantes continuará este jueves 3 de septiembre a las 12:00 horas. ASICh

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