Aprueba congreso cinco iniciativas de ley

Con el apoyo unánime de las diputadas y diputados de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, procedieron la tarde de este viernes, en Periodo Extraordinario, cinco iniciativas remitidas por el Poder Ejecutivo, así como una presentada por la Junta de Coordinación Política.
Entrevistado al respecto, el diputado José Ángel Córdova Toledo, Presidente de la Junta de Coordinación Política, consideró que se trata de fortalecer el marco jurídico estatal con leyes más humanas, que protegen los derechos básicos de sectores fundamentales de la población como son las mujeres, las niñas y los niños.
En este sentido, opinó, es de destacar una vez más la sensibilidad del Gobernador Juan Sabines Guerrero, quien cotidianamente cumple su compromiso de elevar la calidad de vida de los chiapanecos.

Córdova Toledo, también Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD en la Cámara local, detalló los objetivos y contenidos de las cinco iniciativas aprobadas este día.

Decreto por el que se adiciona el artículo 71 BIS del Código Penal para el Estado de Chiapas

Establece que cuando se emplee violencia moral, psicológica, verbal, económica o de cualquier otro tipo en la ejecución del delito en contra de menores de edad, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores de sesenta y cuatro años; la pena se aumentará en una tercera parte de la que corresponda al delito, y en una mitad más, cuando en la ejecución del delito se emplee violencia física.

Decreto por el que se expide la Ley para Combatir, Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Chiapas y se adicionan diversas disposiciones al Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chiapas

Establece que se investigará, perseguirá y sancionará el delito de trata de personas cuando se inicie, prepare o cometa en el territorio del Estado de Chiapas, o en otra entidad federativa, siempre y cuando produzcan o se pretenda que tenga efectos en nuestra entidad, asimismo se formará una Comisión Interinstitucional integrada por distintas dependencias y entidades del Ejecutivo, la Procuraduría General de Justicia del Estado y un Representante del Poder Judicial, quienes tendrán el compromiso de coordinar las acciones de los órganos que la integran, elaborar y poner en práctica el Programa Estatal, así como la adecuación dentro del Código de Procedimientos Penales, que en los términos de esa ley gozarán también los menores de dieciocho años de edad que hayan sido víctimas del delito de trata de persona y que sea previsto y sancionado por dicha Ley.

Ley que Previene y Combate la Discriminación en el Estado de Chiapas

Su objetivo es prevenir y combatir toda forma de discriminación que se ejerza o pretenda ejercer contra cualquier persona o grupo de personas en el territorio del Estado, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato, en atención a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece en su artículo 1, párrafo tercero, que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos o libertades de las personas, y a lo señalado también en el artículo 4 de la Constitución Política de nuestro Estado, que reitera dicha disposición, la cual no podrá restringirse o suspenderse, sino en los casos y las condiciones que la Constitución Federal señale.

Decreto que reforma diversas disposiciones del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, presentada por la Junta de Coordinación Política

Establece que el proceso estatal electoral del año 2010 dará inicio con la primera sesión que al efecto realice el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, el 15 de enero de ese año, conforme al calendario que sea emitido por el propio órgano electoral.

La celebración de las elecciones para diputados al Congreso del Estado e integrantes de los Ayuntamientos a celebrarse en el año 2010, las cuales tendrán lugar los días 16 de noviembre del año de la elección y el uno de enero de 2011, respectivamente, determinando que por única ocasión el primer domingo de octubre de 2010 sea el día para celebrar elecciones de los diputados al Congreso del Estado que integrarán la LXIV Legislatura y de miembros de los Ayuntamientos.

Por último la homologación de las fechas en que habrán de celebrarse los procesos de elección de Diputados al Congreso del Estado y miembros de los Ayuntamientos, con las elecciones federales de Senadores, Diputados Federales y Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, avance significativo en la función estatal de organizar elecciones.

Decreto por el que se instituye el Premio Iberoamericano de Poesía para la Obra Publicada “Jaime Sabines”

Su propósito es reconocer al escritor con el mejor libro de poesía postulado, escrito y publicado en lengua española, en el periodo del 1 de septiembre de 2007, al 31 de agosto de 2009, que se llevará a cabo por única ocasión durante el 2009, año del Poeta Jaime Sabines. Con la iniciativa se pretende impulsar a las nuevas generaciones de escritores que deben saber que la poesía es valorada y que la cultura siempre será apoyada, sin importar su nacionalidad o lugar de residencia. ASICh

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