Apela presidente del Congreso a municipios darle trámite a reforma electoral

Cosme Vázquez /ASICh
El presidente del Congreso del Estado de Chiapas, diputado José Angel Córdoba Toledo, apeló a los municipios darle trámite en cuanto tengan en sus manos la minuta proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Chiapas, en materia electoral.
Tras la aprobación por unanimidad del pleno de la cámara local de diputados a la reforma, declaró que se dará celeridad para hacerla llegar a los municipios entre este mismo martes y miércoles.
En tanto, insistió en que se apela a los municipios para que en su momento mediante sesión de cabildo la aprueben o rechacen la iniciativa de reforma constitucional. Córdoba Toledo enfático dijo que 15 días es el término considerable para que los ayuntamientos voten la minuta proyecto de decreto de reforma constitucional, pero se apela a los municipios para que den respuesta pronto.
En el pleno la coordinadora de la fracción de Nueva Alianza, diputada Sonia Rincón Chanona, propuso que se incluyeran cuatro consejeros electorales suplentes para que entraran en funciones solo en los tiempos de procesos electorales, pero no tuvo respuesta positiva.
A esto, el presidente del Congreso explicó en la entrevista que previamente el dictamen correspondiente pasó por el tamiz y un análisis concienzudo de los miembros de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, por lo que las modificaciones que se hicieron al proyecto inicial están plasmados.
La reforma constitucional en materia electoral que votaron los diputados de las siete fracciones representadas en la 63 Legislatura estatal, incluyendo a la diputada Sonia Rincón Chanona, quien posteriormente explicó que está de acuerdo con esta reforma en lo general, privilegia la participación de candidatos indígenas en zonas indígenas, restringe a las autoridades electorales al principio de legalidad y acota su actuación en la vida interna de los partidos.
Se considera el financiamiento público prevalezca sobre el financiamiento privado, además de que el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana pueda convenir con el Instituto Federal Electoral para que éste organice procesos electorales locales, en los términos que establece la ley en la materia.
Para la renovación de los magistrados electorales del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa, se observa que sean de manera escalonada, y se dota de facultades para declarar la nulidad de una elección únicamente por causa expresamente señaladas en la ley.
Los candidatos a consejeros electorales serán designados conforme a lo previsto por el Código Electoral del Estado de Chiapas, y se establece en artículo séptimo transitorio se adiciona un párrafo donde se indica que el Congreso del Estado tendrá un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma constitucional para expedir el código de elecciones y participación ciudadana. ASICh

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